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Código de Ética del ICF

Introducción

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El Código de ética de la ICF describe los valores fundamentales de la Federación Internacional de Coaching (Valores fundamentales de la ICF) y los principios éticos y las normas éticas de comportamiento para todos los profesionales de la ICF (ver definiciones). Cumplir con estos estándares éticos de comportamiento de la ICF es la primera de las competencias básicas de coaching de la ICF (Competencias básicas de la ICF). Eso es “Demuestra práctica ética: entiende y aplica consistentemente la ética y los estándares de entrenamiento”.

 

El Código de Ética de la ICF sirve para mantener la integridad de la ICF y de la profesión global de coaching al:

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  • Establecer estándares de conducta coherentes con los valores fundamentales y los principios éticos de la ICF.

  • Orientar la reflexión ética, la educación y la toma de decisiones

  • Adjudicar y preservar los estándares de los entrenadores de la ICF a través del proceso de revisión de conducta ética (ECR) de la ICF

  • Proporcionar la base para la capacitación en ética de la ICF en los programas acreditados por la ICF

 

El Código de Ética de la ICF se aplica cuando los Profesionales de la ICF se representan a sí mismos como tales, en cualquier tipo de interacción relacionada con el coaching. Esto es independientemente de si se ha establecido una Relación de coaching (ver definiciones). Este Código articula las obligaciones éticas de los Profesionales de la ICF que actúan en sus diferentes roles como entrenador, supervisor de entrenadores, entrenador mentor, entrenador o entrenador de estudiantes en formación, o sirviendo en un rol de Liderazgo de la ICF, así como Personal de Apoyo (ver definiciones ).

 

Aunque el proceso de Revisión de conducta ética (ECR) solo se aplica a los profesionales de ICF, al igual que el Compromiso, el personal de ICF también está comprometido con la conducta ética y los valores fundamentales y principios éticos que sustentan este código de ética de ICF.

 

El desafío de trabajar éticamente significa que los miembros inevitablemente encontrarán situaciones que requieren respuestas a problemas inesperados, resolución de dilemas y soluciones a problemas. Este Código de Ética tiene por objeto ayudar a las personas sujetas al Código, indicándoles la variedad de factores éticos que pueden necesitar tenerse en cuenta y ayudándoles a identificar formas alternativas de abordar el comportamiento ético.

 

Los Profesionales de la ICF que aceptan el Código Ético se esfuerzan por ser éticos, incluso cuando ello implique tomar decisiones difíciles o actuar con valentía.

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Definiciones clave

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  • “Cliente”: el individuo o el equipo/grupo al que se entrena, el entrenador al que se asesora o supervisa, o el entrenador o el estudiante de entrenador que se está capacitando.

  • “Coaching”: asociarse con los clientes en un proceso creativo y estimulante que los inspira a maximizar su potencial personal y profesional.

  • “Relación de Coaching”—una relación que es establecida por el Profesional ICF y el(los) Cliente(s)/Patrocinador(es) bajo un acuerdo o contrato que define las responsabilidades y expectativas de cada parte.

  • “Código”—Código de Ética de ICF

  • “Confidencialidad”: protección de cualquier información obtenida en torno al compromiso de coaching a menos que se dé el consentimiento para su divulgación.

  • “Conflicto de intereses”: una situación en la que un profesional de ICF está involucrado en múltiples intereses en los que servir un interés podría ir en contra o estar en conflicto con otro. Esto podría ser financiero, personal o de otro tipo.

  • “Igualdad”: una situación en la que todas las personas experimentan inclusión, acceso a recursos y oportunidades, independientemente de su raza, etnia, origen nacional, color, género, orientación sexual, identidad de género, edad, religión, estado migratorio, discapacidad mental o física. , y otras áreas de la diferencia humana.

  • “Profesional de ICF”: personas que se representan a sí mismas como miembros de ICF o titulares de credenciales de ICF, en roles que incluyen, entre otros, entrenador, supervisor de entrenadores, entrenador mentor, entrenador de entrenadores y estudiante de entrenamiento.

  • “Personal de ICF”: el personal de apoyo de ICF que es contratado por la empresa administradora que brinda servicios profesionales de gestión y administración en nombre de ICF.

  • “Entrenador interno”: una persona que está empleada dentro de una organización y entrena, ya sea a tiempo parcial o completo, a los empleados de esa organización.

  • “Patrocinador”: la entidad (incluidos sus representantes) que paga y/o organiza o define los servicios de coaching que se proporcionarán.

  • “Personal de apoyo”: las personas que trabajan para los profesionales de ICF en apoyo de sus Clientes

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Valores fundamentales y principios éticos de la ICF

 

El Código de Ética de ICF se basa en los Valores Fundamentales de ICF y las acciones que se derivan de ellos. Todos los valores son igualmente importantes y se apoyan mutuamente. Estos valores son aspiracionales y deben usarse como una forma de comprender e interpretar los estándares. Se espera que todos los profesionales de ICF muestren y propaguen estos valores en todas sus interacciones.

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Estándares Eticos

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Las siguientes normas éticas se aplican a las actividades profesionales de ICF Professionals:

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Sección I—Responsabilidad hacia los Clientes

Como profesional de la ICF, yo:
1. Explicar y asegurarme de que, antes o en la reunión inicial, mi(s) cliente(s) de coaching y Patrocinador(es) entiendan la naturaleza y el valor potencial del coaching, la naturaleza y los límites de la confidencialidad, los arreglos financieros y cualquier otro término de el acuerdo de entrenador.

2. Crear un acuerdo/contrato con respecto a las funciones, responsabilidades y derechos de todas las partes involucradas con mi(s) Cliente(s) y Patrocinador(es) antes del comienzo de los servicios.

3. Mantener los más estrictos niveles de confidencialidad con todas las partes según lo acordado. Soy consciente y acepto cumplir con todas las leyes aplicables relacionadas con los datos personales y las comunicaciones.

4. Tener una comprensión clara de cómo se intercambia la información entre todas las partes involucradas durante todas las interacciones de coaching.

5. Tener un entendimiento claro tanto con los Clientes como con los Patrocinadores o las partes interesadas acerca de las condiciones bajo las cuales la información no se mantendrá confidencial (p. ej., actividad ilegal, si así lo requiere la ley, de conformidad con una orden o citación judicial válida; riesgo inminente o probable de peligro para sí mismo o para los demás, etc.). Cuando crea razonablemente que una de las circunstancias anteriores es aplicable, es posible que deba informar a las autoridades correspondientes.

6. Cuando trabaje como Entrenador interno, gestione los conflictos de intereses o posibles conflictos de intereses con mis Clientes y patrocinadores de entrenamiento a través de acuerdos de entrenamiento y diálogo continuo. Esto debe incluir abordar los roles organizacionales, las responsabilidades, las relaciones, los registros, la confidencialidad y otros requisitos de informes.

7. Mantener, almacenar y disponer de cualquier registro, incluidos archivos y comunicaciones electrónicos, creados durante mis interacciones profesionales de una manera que promueva la confidencialidad, la seguridad y la privacidad y cumpla con las leyes y acuerdos aplicables. Además, busco hacer un uso adecuado de los desarrollos tecnológicos emergentes y crecientes que se utilizan en los servicios de coaching (servicios de coaching asistidos por tecnología) y estar al tanto de cómo se les aplican varios estándares éticos.

8. Permanezca alerta a las indicaciones de que podría haber un cambio en el valor recibido de la relación de coaching. Si es así, haga un cambio en la relación o anime al Cliente(s)/Patrocinador(es) a buscar otro entrenador, buscar otro profesional o utilizar un recurso diferente.

9. Respetar el derecho de todas las partes a rescindir la relación de coaching en cualquier momento y por cualquier motivo durante el proceso de coaching sujeto a las disposiciones del acuerdo.

10. Soy sensible a las implicaciones de tener múltiples contactos y relaciones con el mismo Cliente(s) y Patrocinador(es) al mismo tiempo para evitar situaciones de conflicto de intereses.

11. Soy consciente y gestiono activamente cualquier diferencia de poder o estatus entre el Cliente y yo que pueda ser causada por cuestiones culturales, relacionales, psicológicas o contextuales.

12. Revelar a mis Clientes el posible recibo de compensación y otros beneficios que pueda recibir por referir a mis Clientes a terceros.​

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Sección II—Responsabilidad de la Práctica y el Desempeño

Como profesional de la ICF, yo:

14. Cumplir con el Código de Ética de ICF en todas mis interacciones. Cuando tomo conocimiento de un posible incumplimiento del Código por mi parte o reconozco un comportamiento poco ético en otro Profesional de ICF, planteo respetuosamente el asunto a los involucrados. Si esto no resuelve el asunto, prefiero una autoridad formal (por ejemplo, ICF Global) para la resolución.

15. Exigir el cumplimiento del Código de Ética de la ICF por parte de todo el Personal de Apoyo.

16. Comprometerse con la excelencia a través del continuo desarrollo personal, profesional y ético.

17. Reconocer mis limitaciones personales o circunstancias que puedan perjudicar, entrar en conflicto o interferir con mi desempeño como entrenador o mis relaciones profesionales como entrenador. Buscaré apoyo para determinar la acción a tomar y, si es necesario, buscaré de inmediato la orientación profesional pertinente. Esto puede incluir suspender o terminar mi(s) relación(es) de coaching.

18. Resolver cualquier conflicto de interés o posible conflicto de interés trabajando en el tema con las partes relevantes, buscando asistencia profesional o suspendiendo temporalmente o finalizando la relación profesional.

19. Mantener la privacidad de los miembros de ICF y usar la información de contacto de los miembros de ICF (direcciones de correo electrónico, números de teléfono, etc.) solo según lo autorizado por ICF o el miembro de ICF.

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Sección III—Responsabilidad con el Profesionalismo

Como profesional de la ICF, yo:

20. Identificar con precisión mis calificaciones de entrenador, nivel de competencia de entrenador, pericia, experiencia, capacitación, certificaciones y credenciales de la ICF.

21. Hacer declaraciones verbales y escritas que sean verdaderas y precisas sobre lo que ofrezco como profesional de la ICF, lo que ofrece la ICF, la profesión de coaching y el valor potencial del coaching.

22. Comunicar y sensibilizar a quienes deban ser informados de las responsabilidades éticas que establece este Código.

23. Asumir la responsabilidad de conocer y establecer límites claros, apropiados y culturalmente sensibles que rigen las interacciones, físicas o de otro tipo.

24. No participe en ningún compromiso sexual o romántico con Cliente(s) o Patrocinador(es). Estaré siempre consciente del nivel de intimidad apropiado para la relación. Tomo las medidas apropiadas para abordar el problema o cancelar el contrato de coaching.

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Sección IV—Responsabilidad con la Sociedad

Como profesional de la ICF, yo:

25. Evitar la discriminación manteniendo la justicia y la igualdad en todas las actividades y operaciones, respetando las normas locales y las prácticas culturales. Esto incluye, entre otros, discriminación por motivos de edad, raza, expresión de género, etnia, orientación sexual, religión, origen nacional, discapacidad o estado militar.

26. Reconocer y honrar las contribuciones y la propiedad intelectual de otros, reclamando únicamente la propiedad de mi propio material. Entiendo que el incumplimiento de esta norma me puede someter a un recurso legal por parte de un tercero.

27. Soy honesto y trabajo dentro de los estándares científicos reconocidos, las pautas de materias aplicables y los límites de mi competencia al realizar e informar investigaciones.

28. Soy consciente de mi impacto y el de mis clientes en la sociedad. Me adhiero a la filosofía de "hacer el bien" frente a "evitar el mal".

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El Juramento de Ética del Profesional del ICF

 

Como Profesional de la ICF, de acuerdo con los Estándares del Código de Ética de la ICF, reconozco y acepto cumplir con mis obligaciones éticas y legales con mi(s) Cliente(s) de coaching, Patrocinador(es), colegas y el público en general.

 

Si infrinjo alguna parte del Código de Ética de la ICF, acepto que la ICF, a su exclusivo criterio, me haga responsable por hacerlo. Además, acepto que mi responsabilidad ante la ICF por cualquier incumplimiento puede incluir sanciones, como capacitación adicional obligatoria para entrenadores u otra educación, o la pérdida de mi Membresía de la ICF y/o mi Credencial de la ICF.​

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